16/1/2020

Actualidad de las Leyes Tributarias en Paraguay

Con la promulgación de la Ley de Reforma en Paraguay, o mejor conocida como Ley Numero 6380/19 de Modernización y Simplificación del Sistema Tributario, se da una importante transformación en el Paraguay bajo el esquema de normas impositivas, adecuándose a las exigencias de un mundo globalizado, siendo el punto central a tratar la competitividad y la transparencia en la gestión empresarial.

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La modificación del sistema Tributario transforma a Paraguay

Con ésta Ley se unifica los criterios y se establece una estructura más adecuados en cuanto a los impuestos directos, simplificando procesos y reduciendo la posibilidad de pérdida en las empresas. Un punto de suma importancia con la entrada de ésta Ley es la incorporación de normas de valoración adecuando la legislación paraguaya a los requerimientos de los organismos internacionales que velan por la transparencia en las operaciones transnacionales.

La entrada de estas Leyes al esquema empresarial, se estima para el primero de enero del 2020. A continuación se dará a conocer algunas novedades y características que se deben de tomar en cuenta al momento de iniciar la legalidad de las Leyes tributarias:

ISC(Impuesto Selectivo al Consumo)

Se prevé un incremento en las tasas máximas del impuesto a tabacos y bebidas,pudiendo sufrir modificaciones en los siguientes meses, de acuerdo a una serie de variables que estarán sujetas a evaluación continua, desde el punto de vista de las condiciones internas y externas, como componente del departamento de Hacienda.

IVA(Impuesto al Valor agregado)

Considerado como la carga fiscal sobre el consumo, es decir, financiado por el consumidor como impuesto regresivo.  Y de acuerdo aun estudio minucioso  desarrollado por  la entidad Gubernamental Paraguaya se decidió  mantener la tasa actual del 10% y la tasa diferenciada del 5% para los productos de la canasta básica familiar y medicamentos,  se establece la eliminación de los derivados de la primera fase de industrialización, así mismo se elimina la devolución a la exportación de productos en estado natural.  

Se designa a las entidades bancarias financieras, a casa de cambio, a cooperativas, u otro organismo que sirva como agente de percepción por pagos por servicios digitales prestados en el exterior.

IRP (Impuesto a la Renta Personal)

Este impuesto consiste en gravar las rentas de fuentes personales paraguayas que provengan  del ejercicio generados por actividades personales, es decir, la liquidación y pago se debe realizar sobre los ingresos totales percibidos (salarios, remuneraciones extraordinarias y adicionales, bonificaciones, jornales, sobresueldos, viáticos honorarios,comisiones, premios, entre otros.).

Se estima el ajuste a las obligaciones tributarias del IRP, se separan las rentas de capital derivadas de la prestación de servicios personales, ambas obtenidas por personas físicas, con la finalidad de realizar el cálculo de impuesto más equitativo, con un rango incidido fijo anual de G. 80 millones, y tasas progresivas del 8% al 10%.

IRACIS (Impuesto a la Renta, Comercial, Industrial y de Servicios)

Se unifican el IRACIS ( Es el Impuesto a la Renta Comercial, Industrial o de Servicios, para aquellas personas que se dediquen a la realización de actividades en forma de empresas, ya sea a través de un particular o una sociedad) y el IRAGRO ( Se considera como el impuesto que grava las ganancias que se obtienen por la realización de actividades agropecuarias tales como la cría o engorde de ganado vacuno, ovino, caprino, bubalino y equino producción de lanas, cueros, cerdas, semen y embriones; producción agrícola, frutícola, hortícola e ictícola; producción de leche, las ganancias por las ventas del activo agropecuario, rentas provenientes por cría de cerdos, conejos, aves y la producción de flores, gusanos de seda, miel de abeja y la explotación forestal cuando sean realizadas por el productor ) para aplicar las mismas normas  a todos los sectores de la economía nacional.

Se amplía la base tributaria con la extensión del concepto de “fuente paraguaya”.

Se permite el arrastre de pérdidas fiscales hasta de cinco años.

Se establece el valor residual de los activos fijos.

Se aplica regulaciones sobre precios de transferencias y reduce deducciones admitidas.

INR (Impuesto No Residentes)

Grava las rentas de fuente paraguaya obtenidas por personas físicas o jurídicas, no residentes en Paraguay, provenientes de la realización de actividades comprendidas en el IRE y el IRP.

Se precisan  las disposiciones relativas a los servicios digitales, de los cuales se gravan siempre y cuando sean utilizados dentro del territorio paraguayo.

IDU(Impuesto a los Dividendos y Utilidades)

Se realiza una simplificación de los tributos sobre los dividendos, utilidades o rendimientos puestos a disposición o pagados por las corporaciones a las personas naturales y jurídicas y otras entidades residentes en el país o no, en carácter de dueños, consorcios, socios y accionistas, al considerar a éstos como gravados de manera independiente con tasas únicas y sin ningún tipo de deducciones.

La Nueva Ley Tributaria también tiene proyectado que el cumplimiento de las obligaciones para las pequeñas y medianas empresas, sea mucho más sencillo y de fácil manejo.

En éste sentido, se establece como Regímenes Simplificados de Liquidación, dentro del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE) el Régimen Simplificado para Medianas Empresas (Simple) y el Régimen Simplificado para Pequeñas Empresas (Resimple), procurando una mayor participación y cumplimiento por parte de los microempresarios.

También se estima que los contribuyentes paguen sus impuestos conforme a su capacidad contributiva.

Según la SET (Subsecretaria de Estado de Tributación), la Modernización del Sistema Impositivo Nacional es la clave en la lucha contra la evasión fiscal,cumpliendo con estándares internacionales de transparencia y la aplicación de normas especiales de valoración de operaciones por primera vez en Paraguay.

Se debe recordar que IRE (Impuesto a Renta Empresarial) se tendrá que pagar en el año 2021, entonces, las reglamentaciones al respecto y los cambios se está realizando desde ahora. Mientras tanto los profesionales que ejercen la profesión contable y la población en general deben estar en contantes actualizaciones para aplicar los cambios tributarios.

La intención es no perjudicar a los contribuyentes, y es por ésta razón que se tiene planificado el reglamentar de manera gradual.

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